A- de 2022
Ponente Karena Elisama Caselles Hernández
✓Demandante Rafael Ricardo Romero Vidal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de incidente de desacato respecto de la Sentencia T-256/15.
El apoderado judicial de la comunidad afrodescendiente de los corregimientos de Patilla y Chancleta elevó la precitada petición en contra de la Empresa Carbones del Cerrejón Limited, con fundamento en el incumplimiento de las órdenes proferidas en el referido fallo, específicamente, de los numerales segundo, cuarto y sexto.
La Sala encontró que en el presente caso no se configura alguna de las circunstancias previstas para que la Corporación asuma la competencia para verificar el cumplimiento de una de sus providencias y, por ello, RECHAZA la formulación del incidente de desacato y ordena remitir esta petición al Juzgado Promiscuo Municipal de Barrancas, en La Guajira para que, como juez de primera instancia adelante el trámite que le corresponde adelantar conforme a sus competencias.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. RECHAZAR la formulación del incidente de desacato respecto de la Sentencia T-256 de 2015, presentada por el apoderado Rafael Ricardo Romero Vidal, en representación de la comunidad afrodescendiente de Chancleta y Patilla, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Barrancas, en La Guajira, la solicitud presentada por el apoderado Rafael Ricardo Romero Vidal, en representación de la comunidad afrodescendiente de Chancleta y Patilla para que, como juez de primera instancia de la Sentencia T-256 de 2015 (expediente T-4.588.870), adelante el trámite que, conforme a sus competencias corresponda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.